Todos sabemos
que, desde hace tiempo, se instalan en la calle máquinas
expendedoras que ocupan suelo público, a veces
convirtiéndose en una barrera arquitectónica
que impide el libre tránsito. Pero lo que muchos
no saben es que algunos de los productos se venden
en una dudosa legalidad.
La verdad es que nos hemos acostumbrado tanto a ver
nuestras calles tan repletas de guetos de tabaco,
veladores de cafetería y barras de pinchos
en las fiestas, y todo ello para ayudar a nuestra
maltrecha economía, que no solemos reparar
en todo ese amplio catálogo de negocios en
vía pública que nos rodean.
En el caso de una ciudad como Torrelavega, podemos
hablar de dos casos; el primero de ellos corresponde
a una máquina expendedora de bebidas alcohólicas
y papel de liar situada junto a un kiosco del pueblo
de Tanos, en las afueras de la ciudad. El otro caso
corresponde a una céntrica calle de Torrelavega
donde la máquina, situada en plena calle peatonal,
ofrece una amplia gama de productos destinados al
disfrute sexual, como consoladores, lubricantes, lencería
erótica y demás placeres mundanos, justo
a veinte metros del parque infantil 'Torreaventura',
y a diez de una concurrida terraza donde los niños
retozan alegremente, ante la desatenta mirada de sus
progenitores, ensimismados en los placeres habituales
de un adulto (un cafetito y su cigarrillo).
La pregunta es obvia. ¿Cómo es que,
estando prohibida la adquisición de bebidas
alcohólicas y ciertos productos eróticos
a menores de edad, estos se puedan adquirir en plena
calle, y por cualquier persona, sin discriminar edad?.
De hecho, cuando dos redactores pretendieron acceder
al comercio, propietario de la máquina expendedora
de utensilios de disfrute, su responsable nos invitó
a no traspasar el umbral del comercio, dado nuestro
carácter de menores, a la vez que, en su presencia,
ojeábamos la máquina y su contenido y echábamos
unas moneditas (por motivos estrictamente periodísticos).
Lo cierto es que en esta cuestión existe un
importante vacío legal. Como nos explicaba
el abogado torrelaveguense Leopoldo Pérez del
Olmo, la ley prohíbe la adquisición
de ciertos productos a menores de edad (por ejemplo
alcohol), pero la legislación reguladora de
los productos que pueden ser vendidos en las máquinas
expendedoras únicamente restringe productos
de carácter alimentario y de tabaco, no aclarando
las condiciones de lo que aclaramos. Es más,
la mayoría de las normativas sobre usos de
la vía pública son municipales. Ordenanzas
que determinan el uso de las vías y plazas
para vados, carga y descarga, paradas de servicios
públicos u ocupación (andamios, por
ejemplo), pero en muchos municipios tampoco existe
regulación de estas máquinas. Ello genera
un fraude de ley, al permitirse la adquisición
de ciertos productos, mediante estas máquinas,
en la puerta de un local, cuando un metro más
allá, en el comercio del dueño de la
máquina, no está permitido.
Un aspecto destacado es el de la salud. Para el sexólogo
Carlos San Martín, está bien este tipo
de prácticas si están acompañadas
de un progreso en el tema de la sexualidad, que a
día de hoy sigue siendo tema tabú entre
muchos padres e hijos. Puestos así, la curiosidad
de un niño ante una de estas maquinitas puede
despertar una reacción de cabreo parental que
afecte a la visión que el niño adopta
sobre la sexualidad, de igual manera que convertir
a sus ojos esa sexualidad en un elemento mercantil
tampoco es muy formativo. "Puede que favorezca
el acceso a consumidores a los que entrar en una tienda
y pedir según qué productos les resulta
violento, pero es que el punto de venta de preservativos
son las farmacias y no los parques infantiles".
De igual forma que a la lucha contra el consumo abusivo
de alcohol, la venta libre de bebidas en máquinas
de libre acceso, 24 horas, no la ayuda mucho.

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